Reforma del Reglamento de Circulación

Print Friendly, PDF & Email
0 Votos obtenidos¡Vótame!

Una propuesta realizada por la Dirección General de Tráfico, incluida en el borrador de la reforma que se llevará a cabo del Reglamento de Circulación, impone que los menores que pesen menos de 18 kilos tendrán que viajar obligatoriamente en sillas para niños colocadas en sentido contrario a la marcha, siempre y cuando el dispositivo lo permita y el niño tenga menos de 4 años.

La DGT también se está planteando prohibir que los niños que midan menos de 135 centímetros viajen en el asiento delantero, incluso con un dispositivo de retención adecuado.

La reforma del Reglamento General de Circulación, está siendo actualmente revisada por el Gobierno después de que la DGT haya terminado la elaboración del elaboración del borrador, siendo el Ejecutivo el que decida si finalmente incluye en el Reglamento las propuestas de la DGT sobre sistemas de retención infantil.

El actual Reglamento General de Circulación recoge que:

“Los menores de 12 años sólo pueden viajar en los asientos delanteros de un vehículo si van colocados en dispositivos homologados al efecto o, en el caso de que su estatura sea igual o superior a 135 centímetros, lleven el cinturón de seguridad.”

En lo relativo a los asientos traseros, la normativa actual explica:

“Las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, los que tengan una altura igual o superior, podrán utilizar indistintamente este dispositivo o el cinturón de seguridad para adultos.”

Sin embargo, en el Reglamento actual, no se recoge explícitamente la orientación en la que han de ubicarse las sillas de los menores, la única referencia al respecto es la prohibición de usar un dispositivo de retención orientado hacia la parte trasera en un asiento del pasajero protegido con un airbag frontal, a menos que haya sido desactivado.

Estas medidas, derivan de un reciente estudio realizado por RACE, en colaboración con la DGT. Este informe, concluye que colocando a los niños en un dispositivo ubicado en sentido contrario a la marcha, puede reducirse hasta en un 75% el riesgo de que los menores sufran lesiones en caso de accidente de tráfico.

Por ello, la DGT lleva a cabo esta medida, para que los menores que viajen en sillas de los grupos 0, 0+ y I, lo que supone un peso de aproximadamente 18 kilos, y sea menor de 4 años, lo hagan en sentido contrario a la marcha.

La revista ‘Tráfico y Seguridad Vial’ que edita la propia DGT expone que Tráfico intentará además, que la presente reforma del Reglamento de Circulación, prohíba a los niños con una altura inferior a 135 centímetros viajar en el asiento delantero derecho.

El jefe de la Unidad de Coordinación de la Investigación de la DGT afirma que estos cambios situarán a España en la vanguardia de la normativa protectora de la seguridad de los niños. Sobre los motivos para colocar el sistema de retención infantil en sentido contrario a la marcha indica:

«Las fuerzas que se registran en caso de impacto se distribuyen por todo el cuerpo y no se concentran en la zona del cuello, como ocurre cuando viajan en sentido de la marcha. Las características de la cabeza, del cuello y de la columna vertebral de los niños les hace más vulnerables a sufrir lesiones graves o mortales en caso de impacto por accidente de tráfico“.

Entre el año 2001 y 2011, un total de 1.150 menores de 14 años han fallecido en accidentes de circulación, y casi 60.000 menores de esa edad sufrieron alguna lesión.

La Dirección General de Tráfico, pretende con estas medias, incluidas en el Plan Estratégico de Seguridad Vial, reducir a cero el número de víctimas mortales en este grupo de edad.

Fuente: Diario El Mundo, edición digital.

Redacción: Begoña Rodríguez

Sobre pandoramgzn